medidas articuladas a tres niveles que debe contemplar el protocolo de prevencion de drogodependencias y adicciones en el ambito laboral ficha de prevencion drogodependencias en el ambito laboral 02 financiado por segun la oit el lugar de trabajo es un espacio idoneo para llevar a cabo la prevencion de las adicciones y drogodependencias por lo que la empresa como organizadora del ambito laboral y como lugar de convivencia puede resultar un lugar adecuado para desarrollar politicas y actuaciones de prevencion en esta materia que permitan prevenir los problemas derivados del consumo de sustancias y otras adicciones por todo ello en todas las empresas deberia existir un protocolo de prevencion que contemple medidas articuladas a tres niveles cuyo objetivo general sea la identificacion y resolucion de problemas que puedan interferir en la vida personal y o laboral de los trabajadores as y familiares garantizando confidencialidad nivel i prevencion conjunto de estrategias a desarrollar en el lugar de trabajo para reducir el consumo de drogas encaminadas a la promocion de la salud minimizando los factores de riesgos laborales que mantienen o inducen a un consumo indebido de sustancias y otras adicciones procurando la reduccion tanto de la oferta como de la demanda en los centros de trabajo supresion de venta y consumo de bebidas alcoholicas en las empresas donde las actividades que desarrollen los trabajadores as se clasifiquen como actividades peligrosas recogidas en el anexo i del real decreto 39 1997 de 17 de enero por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevencion y supresion de oferta de bebidas de alta graduacion alcoholica o bebidas destiladas en el resto de empresas en las que la actividad que se desarrolla no estan recogidas en la citada norma mejorar las condiciones de trabajo campanas de sensibilizacion oferta de informacion y formacion amplia clara y suficiente en relacion a las drogas y las consecuencias sobre su abuso siempre impartidas bajo la premisa de la ley de prevencion de riesgos laborales lprl nivel ii asistencia deteccion intervencion precoz y en su caso derivacion a recursos especializados de la red publica y o privada de aquellas situaciones problematicas relacionadas con los usos inadecuados de drogas y otras adicciones
01 07 2013 ficha de prevencion m 19847 2013 tv favorecer el tratamiento de los problemas de consumo de sustancias y adicciones apoyando a quienes decidan seguir un programa de rehabilitacion los trabajadores as con estos problemas deben poder normalizar su vida laboral en este sentido es necesario asegurarles que someterse a un tratamiento no comportara la perdida de su puesto de trabajo nivel iii rehabilitacion es el tercer nivel de medidas articuladas que deben contemplar los programas planes de intervencion y consta de 3 fases a desintoxicacion consiste en la desaparicion del organismo de todo vestigio de la sustancia consumida una vez interrumpido el consumo de la misma volviendo el organismo a su estado normal y autorregulado de funcionamiento b deshabituacion consiste en un proceso por el cual la persona consigue controlar o eliminar el deseo vehemente de consumir la sustancia y regular y o modificar las causas que le incitan al consumo o que mantienen el mismo c reinsercion es la integracion del consumidor o adicto en la sociedad de forma similar a cualquier otro individuo si bien la deshabituacion y la reinsercion tienen diferente significado suelen superponerse en la practica es necesario recalcar que las recaidas o no completar todo el proceso no significan un fracaso ya que forman parte del proceso mismo de rehabilitacion los programas planes de prevencion encaminados a mejorar la situacion de los trabajadores as en relacion con el consumo de sustancias y adicciones deben promover cambios de estilo de vida e incluso de cultura de la salud dentro de la empresa para ello es importante conocer las actitudes y conductas de los trabajadores as hacia los consumos antes de definir los objetivos de caracter preventivo y asistencial la politica preventiva en la empresa debe garantizar que su objetivo no es perseguir a los trabajadores as afectados as sino contribuir a mejorar las condiciones de salud y seguridad en la empresa el hecho de que la embriaguez el consumo de sustancias psicoactivas y otras adicciones sea motivo de sancion o despido para los trabajadores as discrimina por razon de enfermedad al trabajador a afectado a y dificultan las politicas preventivas de la empresa en lugar de asumir una posicion punitiva y sancionadora la empresa debe contribuir a prevenir detectar precozmente o mejorar situaciones problematicas en relacion con las sustancias y adicciones actualmente con la nueva reforma laboral donde las faltas de asistencia al trabajo intermitentes que alcancen el 20 de las jornadas habiles en 2 meses consecutivos o el 25 en 4 meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses seran motivo de despido objetivo procedente por lo que en caso de drogodependencias es todavia mayor la repercusion y se hace muy necesario la implantacion en las empresas del protocolo de intervencion y prevencion de drogodependencias y adicciones www ugt es saludlaboral